martes, 6 de octubre de 2020

EXENCIONES - HACKENSACK ABOGADO DE BANCARROTA (201) 646-3333

ABOGADO DE BANCARROTA
(201) 646-3333

Algunas propiedades están protegidas o exentas de los reclamos de sus acreedores y usted puede quedárselas. Al determinar qué se considera exento, muchos estados le permiten elegir y usar la definición estatal de exento o la lista establecida por la ley federal. Algunos estados requieren que use la lista del estado. Asegúrese de consultar las leyes de su estado para averiguar qué se aplica a su estado.

La propiedad exenta puede incluir estos tipos de propiedad:


Las leyes de reforma de 2005 también limitan sus opciones de mudarse a otro estado para aprovechar exenciones más generosas.

La mayoría de los casos del Capítulo 7 son casos "sin activos", lo que significa que usted no tiene propiedad no exenta para que el fiduciario la venda y la utilice para pagar a los acreedores. Su petición de quiebra establece si su caso es "activo" o "sin activo". Si el fideicomisario no está de acuerdo, debe demostrar por qué la designación no es correcta.

Mi nombre es Miguel Ángel Pimentel, estoy aquí con con el abogado Rafael Gómez, que tuve un accidente hace un tiempo y me sacó el máximo que me daba la póliza y yo te recomiendo. Es un buen abogado, siempre responsable y te saca al máximo de lo que pueda sacar en el accidente o sea, si necesita un abogado serio y responsable, te recomiendo al abogado Rafael Gómez, que te saque el máximo en cuanto a la póliza del seguro. Es serio y responsable te lo recomiendo 100%.

Si quieres estar bien representado en cualquier tipo de caso visite al abogado Rafael Gómez, se los recomiendo, me ayudó bastante con un caso de mi hija que tuvo un problema de automovilístico. Gracias.




miércoles, 23 de septiembre de 2020

TRIBUNAL SUPERIOR DE BANCARROTA - ABOGADO EN HACKENSACK NJ (201) 646-3333

 ASOCIACIÓN NACIONAL DE HSBC BANK USA, Demandante-Demandado,
v.
ADESINA OGUNLANA, Demandada-Recurrente.
No. A-0688-17T2.
Tribunal Superior de Nueva Jersey, División de Apelaciones.

Recibido el 13 de septiembre de 2018.
Decidido el 20 de septiembre de 2018.

En apelación del Tribunal Superior de Nueva Jersey, División de Cancillería, Condado de Essex, Expediente No. F-012098-13.

Ejike N. Uzor, abogado del apelante.

Reed Smith, LLP, abogados del demandado (Henry F. Reichner, en el escrito).

Ante los jueces Koblitz y Currier.

NO PARA PUBLICACIÓN SIN LA APROBACIÓN DE LA DIVISIÓN DE APELADOS

Esta opinión no "constituirá un precedente ni será vinculante para ningún tribunal". Aunque se publica en Internet, esta opinión es vinculante solo para las partes en el caso y su uso en otros casos es limitado. R. 1: 36-3.

POR CURIAM.

En este asunto de ejecución hipotecaria, la demandada Adesina Ogunlana apela contra la orden del 19 de septiembre de 2017 que niega su moción para suspender la venta del alguacil. La base de la demandada para la suspensión de la venta fue su declaración de quiebra. Menores de 11 U.S.C. § 362 (c) (4) (A) (i), una suspensión automática no entra en vigencia cuando un deudor ha tenido dos o más casos previos desestimados dentro del año. La suspensión automática no entró en vigor aquí porque el acusado presentó una tercera acción de quiebra justo antes de la fecha de la venta del alguacil. Por lo tanto, no fue un abuso de discreción que el juez de la Cancillería negara una suspensión de la venta. Afirmamos.

Después de que la demandada incumpliera con el préstamo que garantizaba la hipoteca de su propiedad residencial, la demandante HSBC Bank National Association, presentó una acción de ejecución hipotecaria. El acusado no respondió a la demanda y el fallo final se emitió en junio de 2015. La venta del alguacil estaba programada para el 19 de septiembre de 2017.

Mi nombre Miguel Díaz, conozco a Rafael Gómez, el abogado de Hackensack, uno de los mejores abogados de Bergen County, aun recomendado con varios clientes, vários amigos y siempre ganando sus casos. La persona muy humilde, muy amable, aqui tengo completa atención y siempre sale adelante con caso de caudé a las personas que atienden.


El día de la venta, la demandada solicitó una suspensión debido a una petición de reparación en virtud del Capítulo 13 del Código de Quiebras, que había presentado el día anterior. Ver 11 U.S.C. § 362 (a) (2). El acusado había presentado dos peticiones previas de reparación en abril y julio de 2017, y ambas fueron desestimadas por no presentar los horarios. Luego de escuchar los argumentos de los abogados, el juez de Cancillería negó la suspensión de la venta el 19 de septiembre de 2017 [1]. Señaló que § 362 (c) (4) (A) (i) del Código de Quiebras proporciona una excepción a la suspensión automática generalmente provocada por la presentación de una petición de quiebra si dos o más peticiones anteriores han sido desestimadas dentro del año. Como esta fue la tercera presentación del demandado en virtud del Capítulo 13 dentro de cinco meses, la suspensión automática no entró en vigencia. Por lo tanto, no se presentaron motivos ante el tribunal para suspender la venta del alguacil. [2]

En la apelación, el acusado afirma que el juez de la Cancillería cometió un error al denegar la moción para anular la venta del alguacil. No estamos de acuerdo. El demandante presentó evidencia de las tres solicitudes de bancarrota del demandado para obtener alivio bajo el Capítulo 13. Bajo 11 U.S.C. § 362 (c) (4) (A) (i), la suspensión automática no se activa en la tercera presentación. Como no se presentaron otros motivos para respaldar la solicitud, no fue un abuso de discreción que el juez de la Cancillería denegara la suspensión de esta solicitud.

Como están buenos días, mi nombre es José Gonzalo Mantienen Gary, gracias al abogado Rafael Gómez, se lo agradece me he ganado muchos casos con él, sobre el caso de divorcio que lo hice ahora, aparte de eso he ganado muchas cosas sobre la licencia, sobre la corte de los tickets, de muchos casos más. Se lo garantizo que él es un abogado excelentemente, que ayuda a todos los necesarios que necesitamos en diferentes casos de la corte, gracias a mi abogado a usted se lo agradece mil y tenga un buen día.


Afirmado.

[1] El juez escuchó argumentos adicionales a la mañana siguiente, tras lo cual reafirmó su decisión.

[2] La moción posterior del acusado en el Tribunal de Quiebras para imponer una suspensión automática fue denegada el 13 de octubre de 2017.


ARTÍCULO DE GOOGLE SCHOLAR

lunes, 21 de septiembre de 2020

ASESORAMIENTO CREDITICIO - LICENCIADO DE QUIEBRA DE HACKENSACK (201) 646-3333

Clases de asesoramiento crediticio


ABOGADO DE BANCARROTA EN HACKENSACK (201) 646-3333


El asesoramiento crediticio es una parte fundamental de cualquier caso de quiebra. De hecho, se requiere que complete una sesión informativa con una agencia de asesoría crediticia certificada que haya sido aprobada por la Oficina del Fideicomisario de EE. UU. Desde octubre de 2005, este requisito ha estado vigente, y si no se completa la asesoría crediticia dentro de los 180 días anteriores a la presentación, puede resultar en el rechazo o desestimación de su caso de bancarrota del Capítulo 7 o del Capítulo 13. Después de completar su curso de asesoría crediticia, recibirá un certificado de finalización que debe presentar con su petición de quiebra.

El costo promedio de un curso de asesoría crediticia es de aproximadamente $ 50, pero el costo exacto puede variar según el tipo de sesión a la que se someta y el lugar donde vive. Esta sesión informativa se puede completar en persona, por teléfono o en línea. Los pasos básicos de la sesión informativa generalmente incluirán una evaluación de sus finanzas, un plan de presupuesto personal y la discusión de alternativas a la quiebra, si las hubiera.

En términos generales, existen muy pocas excepciones al requisito de que un deudor complete un curso de asesoramiento crediticio antes de declararse en quiebra. Los jueces de la corte de quiebras tienen poca o ninguna autoridad para renunciar a este requisito, por lo que es importante que hable de esto con su abogado antes de presentar la solicitud. Un caso de quiebra desestimado puede resultar en que no pueda presentar la solicitud durante un cierto período de tiempo.


Yo soy Manuel Villaverde, soy profesor de ciencias y quiero recomendarles al abogado Rafael Gómez y le pasó agradecerles por los consejos que me ha dado para poder seguir el caso que he tenido, un caso muy difícil que me lo inventaron pero gracias a él, con los consejos me ha tranquilizado primero, me ha dado paciencia para poder afrontar esta situación, quedó muy agradecido eternamente y este espero continuar se que siempre sea el mi abogado. asimismo a ustedes les recomiendo de todo corazón que siempre piensen en él porque es primero una persona hispana y segundo se le nota ahí es una persona muy responsable y una persona íntegra que se va a dedicar ok. Buenas tardes.


martes, 15 de septiembre de 2020

¿PUEDO ELIMINAR TODAS LAS DEUDAS? - LICENCIADO DE QUIEBRA EN HACKENSACK NJ (201) 646-3333

¿PUEDO ELIMINAR TODAS LAS DEUDAS?


ABOGADO DE BANCARROTA EN HACKENSACK NJ (201) 646-3333


¿La quiebra eliminará mis deudas?

Antes de decidir declararse en quiebra, debe comprender lo que hará y lo que no hará por usted. La quiebra no resolverá todos los problemas ni eliminará todas las deudas.



Que la bancarrota sea la opción correcta depende en gran parte del tipo de deuda que tenga. Hay dos tipos principales de deudas: garantizadas y no garantizadas. La quiebra descargará la mayoría de las deudas no garantizadas, pero no las deudas garantizadas. Es importante conocer la diferencia entre los tipos.


Hola como estan, mi nombre es Juan Carlos, sinceramente y de corazón quisiera recomendarles por cualquier caso Dr. Rafael Gómez, es una persona muy comprometida con su trabajo, yo tuve el caso de manejar borracho, me suspendió la licencia sí, pero no con lo que yo esperaba, sino que él hizo un buen trabajo conmigo y pues salió bien favorable en la corte, pero gracias a él, a su trabajo, a su esfuerzo y se los recomiendo de corazón, te lo recomiendo y un buen amigo también, saludos.



Los problemas que la quiebra solucionará

La quiebra no eliminará todas las deudas, pero solucionará muchos problemas comunes, como tarjetas de crédito y facturas de servicios públicos, y embargos salariales. Otras deudas, como hipotecas y préstamos para automóviles, se pueden pagar a través de una bancarrota del Capítulo 13.



La quiebra de deudas no eliminará

Algunas deudas no se pueden liquidar mediante la quiebra. Estos incluyen pensión alimenticia y manutención de niños, préstamos estudiantiles e impuestos, así como deudas incurridas por fraude.


Me llamo Maria Julia Mancha, acabo de salir de la corte de Hueso, el abogado Rafael Gómez me represento y gane el caso. Lo conozco hace más de 20 años, él me ha representado todo el tiempo, ha ganado todos mis casos y se lo recomiendo a todos los que necesitan del servicio de él, es un buen abogado exitoso y pues para mí ha sido un honor que me represente todos mis problemas.

martes, 8 de septiembre de 2020

LA PRUEBA DE MEDIOS - LICENCIADO DE QUIEBRA EN HACKENSACK NJ - (201)-646-3333

LA PRUEBA DE MEDIOS


ABOGADO DE BANCARROTA EN HACKENSACK NJ (201) - 646-3333


En 2005, Estados Unidos cambió sustancialmente sus leyes de quiebras, agregando una prueba de recursos para evitar que los deudores ricos se acogieran al Capítulo 7 de Bancarrotas. El cambio más notable introducido por las enmiendas de BAPCPA de 2005 se produjo dentro de 11 U.S.C. § 707 (b). Las enmiendas efectivamente someten a la mayoría de los deudores que obtienen ingresos, según lo calcula el Código, por encima del ingreso medio del estado del deudor a una prueba basada en los ingresos. Esta prueba se conoce como la "prueba de medios". La prueba de recursos proporciona un hallazgo de abuso si los ingresos del deudor son más altos que una parte específica de sus deudas. Si se encuentra una presunción de abuso bajo la prueba de recursos, solo podrá ser refutada en el caso de "circunstancias especiales". Los deudores cuyos ingresos estén por debajo del ingreso medio del estado no están sujetos a la prueba de recursos. En particular, los ingresos calculados por el Código pueden ser más altos o más bajos que los ingresos reales del deudor al momento de declararse en quiebra. Esto ha llevado a algunos comentaristas a referirse a los "ingresos mensuales actuales" del código de quiebras como "ingresos presuntos". Si la deuda del deudor no es principalmente deuda del consumidor, entonces la prueba de recursos no es aplicable.

Por lo tanto, la prueba de recursos es "una fórmula diseñada para evitar que los contribuyentes con ingresos más altos se declaren en bancarrota del Capítulo 7. (Estos contribuyentes pueden usar la bancarrota del Capítulo 13 para pagar una parte de sus deudas, pero no pueden usar el Capítulo 7 para cancelar sus deudas). en conjunto.) "La prueba de medios de la quiebra es bastante compleja pero bastante generosa y la mayoría de los deudores no tienen problemas para cumplir con sus requisitos. Los consumidores pueden usar una calculadora de prueba de medios para determinar su elegibilidad. Algunos practicantes de la quiebra han sugerido que la prueba de recursos no es tan justa o equitativa, y han señalado un tanto cínicamente que la referencia a la protección del consumidor en la ley de quiebras es irónica en el mejor de los casos (orwelliana en el peor), ya que aquellos con principalmente deuda de consumo son se requiere pasar una prueba de medios, mientras que las empresas no lo hacen. Lo que es innegable es que es complejo, y los términos que rigen muchas partes de él, incluidos los términos que controlan si se aplica o no, son de definición inestable.

Hola, soy Antonia Reyes, sali ahora mismo de la corte con el abogado Rafael Gómez, se los recomiendo, gano el caso y es un buen abogado.


La mayoría de los deudores individuales que se declaran en bancarrota deben completar el Formulario oficial de bancarrota 22A o 22C (Declaración de ingresos mensuales actuales y cálculos). El formulario de quiebra 22A es el formulario que los deudores del capítulo 7 completarán para fines de "prueba de recursos"; El formulario 22C es el formulario que completarán los deudores del capítulo 13. [Los formularios oficiales de quiebra se pueden encontrar en el sitio web de la Oficina administrativa de los tribunales de EE. UU.]

Un deudor debe ingresar la información de ingresos y gastos en el formulario correspondiente (es decir, el Formulario 22A o el Formulario 22C) y luego realizar los cálculos utilizando la información ingresada. Parte de la información necesaria para completar estos formularios, como los ingresos mensuales actuales del deudor, proviene de los registros personales del deudor. Sin embargo, otra información necesaria para completar los formularios proviene de la Oficina del Censo y el Servicio de Impuestos Internos (IRS).

Hola mi nombre es Pamela Largo y estoy aqui por un caso de bancarrota que ha hecho anteriormente con el abogado Rafael Gomez, se los quiero recomenvar porque es un muy bueno abogado, me ayudo bastante, estoy muy contenta y para cualquier cosa pueden llamarlo. Gracias.

viernes, 4 de septiembre de 2020

ABOGADO DE BANCARROTA EN HACKENSACK NJ - (201)-646-3333

¿QUÉ ES LA ELIMINACIÓN DE GRAVÁMENES?

(201)-646-3333

Un gravamen es un reclamo legal sobre una propiedad o una retención sobre esa propiedad. Si posee un gravamen menor en forma de una segunda o tercera hipoteca sobre una casa y se declara en bancarrota del Capítulo 13, es posible que pueda "quitar" ese gravamen en el curso de su procedimiento de bancarrota. Esto es especialmente beneficioso en situaciones donde el saldo adeudado al acreedor prendario principal (como en una primera hipoteca) excede el valor actual de la vivienda. Al eliminar este gravamen, que se trata como un reclamo no garantizado, es posible que pueda erradicar la deuda para poder pagar más fácilmente su deuda existente como parte de su plan de pago del Capítulo 13. En esencia, la eliminación del gravamen convierte lo que era una deuda garantizada (que debe pagarse en su totalidad para mantener una propiedad) en una deuda no garantizada, y se tratará de la misma manera que una tarjeta de crédito o un préstamo sin garantía en su caso del Capítulo 13.

Mi nombre es Julio Nunes, el Rafael Gomez me represento aqui en la corte. Gracias a el mi caso fue limpio. Le doy las gracias por ayudarme a salir bien en este caso. Gracias por todo, los recomiendo 100%.


Si está interesado en obtener más información sobre la eliminación de gravámenes de propiedad, como líneas de crédito o una segunda o tercera hipoteca, se recomienda que se comunique con el abogado de bancarrotas del norte de Nueva Jersey, Rafael Gómez, quien puede brindarle ayuda inmediata.

Ayuda para la eliminación de gravámenes de un abogado de bancarrotas de Nueva Jersey


Rafael Gomez está íntimamente familiarizado con todos los aspectos del proceso de quiebra, y ha presentado cientos de casos para clientes en los condados de Bergen, Hudson, Passaic, Union y Essex. Estamos disponibles para ayudarlo si tiene la intención de eliminar un gravamen de propiedad en el curso de su procedimiento de quiebra. Comuníquese con Rafael Gómez hoy mismo y él trabajará para que su declaración de quiebra sea lo más eficiente y beneficiosa posible para usted.

Hola soy Roberto Mirano, esté Rafael me ganó mi caso y es muy bueno, yo lo recomiendo.

miércoles, 2 de septiembre de 2020

MONEY ISLAND MARINA, LLC, Demandante-Apelante,v.ROGER MAURO y LOIS MAURO, sus herederos, herederos y representantes personales, y su, ella, sus o cualquiera de sus sucesores en derecho, título e interés, Demandados-Demandados.No. A-2950-14T3.Tribunal Superior de Nueva Jersey, División de Apelaciones.

Entregado el 19 de abril de 2016.

Decidido el 25 de abril de 2016.



Terance J. Bennett, abogado del apelante
.
The D'Elia Law Firm LLC, abogados de los demandados (Teresa M. Lentini, en el escrito).

Ante los jueces Fisher y Espinosa.

POR CURIAM.

En esta apelación, el demandante Money Island Marina, LLC (MIM) argumenta que los hallazgos hechos por el juez de primera instancia al desestimar sus reclamos al concluir un juicio en el tribunal se basaron en fallos legales erróneos o fueron contrarios al peso de las pruebas. Al no encontrar ningún error, afirmamos.

Los problemas planteados en esta acción civil son limitados y discretos. MIM, una sociedad de responsabilidad limitada aparentemente controlada por Tony Novak (Novak), [1] busca una declaración, a través de esta acción de título silenciosa, que la hipoteca de la demandada Lois Mauro sobre la propiedad debe ser invalidada o no tener más impacto en sus derechos de propiedad. . Sin embargo, MIM sostiene que el caso debe considerarse a la luz de otras circunstancias, algunas de las cuales se han resuelto en otros procedimientos. Es decir, MIM sostiene que el acusado Roger Mauro (Mauro) agredió a Novak con un vehículo en 2006 y que esta circunstancia, y la acción por lesiones personales resultante que inició, deberían haberse considerado más a fondo en la disposición de esta acción silenciosa por el título. Describimos las denuncias de agresión vehicular en opiniones anteriores en un asunto penal iniciado contra Mauro [2]. En o alrededor de 2008, Novak entabló una demanda por lesiones personales contra Mauro. [3]

Mi nombre es Juan Chappa y yo estoy aquí con abogado Gómez, le da ha sido un muy buen abogado, ya me ha prestado en algunos muchos casos que he tenido yo, él es nuestro abogado desde hace 13 años y ahora vuelta todo y buscándole a él porque siempre es un buen abogado.


De mayor relevancia para el asunto que nos ocupa es el hecho de que en 1995, Mauro compró una marina en Downe Township y luego, el 12 de diciembre de 2008, vendió la marina a Joseph Acosta por $ 425,000, recibiendo más de $ 100,000 en efectivo y un dinero de compra. hipoteca para garantizar el pago de un pagaré pagadero a Mauro de Acosta por el monto principal de $ 313.000.


Acosta interpuso un procedimiento de quiebra del Capítulo 7 el 28 de febrero de 2011 y, el 2 de abril de 2012, Mauro cedió la hipoteca de Acosta a su madre, la demandada Lois Mauro (Lois). Lois, como cesionaria de la hipoteca, presentó prueba de reclamación en el procedimiento concursal de Acosta el 16 de octubre de 2012.


En una audiencia en el tribunal de quiebras el 13 de noviembre de 2012, Novak ofreció $ 12,000 para comprar el puerto deportivo. Cuando el juez de quiebras le preguntó a Novak si entendía que el puerto deportivo está "sujeto a la hipoteca de la propiedad", Novak respondió: "Sí". Una orden dictada por el tribunal de quiebras el 26 de noviembre de 2012 confirmó la venta de la marina a Novak "o su cesionario" por $ 12,000 "sujeto a todos los embargos, hipotecas y gravámenes sobre los bienes raíces". Al día siguiente, el administrador de la quiebra ejecutó una escritura de renuncia a favor de MIM; la escritura reconocía que el otorgante "no había hecho promesas en cuanto a la propiedad o el título, sino que simplemente transfiere cualquier interés que el [g] rantor [es decir, el fiduciario] tenga al [g] rantee [es decir, MIM]". Esta recitación está de acuerdo con lo que significa transmitir un interés de propiedad mediante escritura de renuncia. Ver N.J.S.A. 46: 5-3. La escritura de renuncia se registró el 12 de diciembre de 2012. El 16 de mayo de 2013, el tribunal de quiebras concedió la moción del fideicomisario para eliminar la prueba de reclamación de Lois a la luz del hecho de que la hipoteca seguía anexada a la propiedad transferida a MIM.

Hola mi nombre es Rosa Avila, mi abogado Rafael Gómez, él me ha ayudado de un caso muy muy grave que estaba, de un caso criminal y gracias a el estoy libre, estamos felices todos, yo y mi familia. Muchas gracias, les recomiendo a todos que es un muy buen abogado.


El 14 de febrero de 2013, MIM, como cesionario de la marina comprada por Novak a través de la corte de quiebras, presentó esta silenciosa acción de título. Unos meses más tarde, la acción de Novak por lesiones personales contra Mauro se resolvió; Novak recibió $ 5000 y Mauro obtuvo una liberación general e incondicional de los reclamos de Novak. Lois inició una acción para ejecutar la hipoteca del puerto deportivo.


La acción silenciosa del título de propiedad de MIM y la acción de ejecución hipotecaria de Lois fueron objeto de un solo juicio realizado en el transcurso de dos días. La jueza de primera instancia expresó con razón en su dictamen escrito que "[l] a hay algo muy extraño en este litigio y en la forma en que las partes han perseguido o defendido las denuncias". Por ejemplo, MIM afirmó que el acuerdo de Novak de la acción por lesiones personales de alguna manera le otorgó a MIM la propiedad de la marina libre de la hipoteca; sin embargo, como observó el juez, el comunicado que conmemora el acuerdo no contiene tal condición o acuerdo, y el juez no encontró ninguna otra prueba que sustente el argumento de MIM [4]. Y, si bien Novak pudo haber pensado, como dijo el juez, que había "burlado [ed] a los Mauros al superarlos en la audiencia de quiebra" por el puerto deportivo, el registro de quiebra demuestra claramente que el interés en el puerto deportivo que compró Novak era tomado sujeto a la hipoteca de Lois. Las conclusiones del juez también demuestran que la asignación de la hipoteca por parte de Roger a Lois fue respaldada por una consideración adecuada; Ella señaló que las circunstancias financieras de Mauro habían sido problemáticas durante mucho tiempo por la falta de Acosta de hacer los pagos mensuales requeridos por el pagaré y la hipoteca, así como por sus muchos otros asuntos legales, incluidos los relacionados con Novak, lo que resultó en que Lois le proporcionara a Mauro $ 200,000 para su manutención. por lo cual fue compensada mediante cesión de la hipoteca. Las conclusiones del juez, basadas en lo que está claramente demostrado por los diversos documentos y transcripciones que emanan del procedimiento de quiebra y el acuerdo por daños personales, así como por la evaluación cuidadosa del juez de la credibilidad de los muchos testigos, tienen derecho a nuestra deferencia. Rova Farms Resort Co. v. Inv'rs Ins. Co. of Am., 65 N.J. 474, 483 - 84 (1974); Stephenson contra Spiegle, 429 N.J. Super. 378, 382 (App. Div. 2013).


En consecuencia, con estos pocos comentarios, afirmamos la desestimación de la acción discreta del título sustancialmente por las razones expuestas por la jueza Anne McDonnell en su decisión escrita bien razonada. [5]

Mi nombre es Oscar. Estoy en un processo de bancarrota con mi esposa, nos esta representando el doctor Rafael Gomez, lo recomiendo por su profissionalismo y su calor humano. Gracias.


Afirmado.

[1] Para aumentar un poco la confusión sobre las circunstancias subyacentes, el propietario real de MIM no se ha revelado adecuadamente. En su declaración, Novak afirmó que es el "representante autorizado" de MIM, pero negó tener conocimiento de la identidad de los propietarios y dijo: "Estamos tratando de resolverlo. Tenemos una disputa y no lo sé. " Tras un interrogatorio adicional, identificó a uno de los propietarios en disputa como su hijastro y reveló sin claridad que otros miembros "han abandonado desde entonces" la propiedad o de otra manera "han desautorizado [ed] y dimitido [ed]".

[2] El 21 de febrero de 2013, revertimos la desestimación de la acusación penal por parte del tribunal de primera instancia, al no encontrar violación de los derechos de juicio rápido de Mauro. State v. Mauro, No. A-4950-11 (App. Div. 21 de febrero de 2013). Más tarde, la Corte Suprema ordenó nuestra reconsideración a la luz del Estado contra Cahill, 213 N.J. 253 (2013), pero nuevamente llegamos a la misma conclusión. Estado v. Mauro, No. A-4950-11 (App. Div. 10 de junio de 2014).

[3] La fecha en que se presentó la queja por lesiones personales no se revela en el expediente de la apelación. La fecha de presentación, sin embargo, no es particularmente relevante; suponemos que la denuncia se presentó en 2008 debido a su número de expediente.

[4] De hecho, Mauro ya no era el dueño de la hipoteca; había sido asignado a Lois mucho antes de que Novak y Mauro resolvieran la acción por lesiones personales. La hipoteca no era algo con lo que Mauro pudiera negociar.

[5] Mediante la misma decisión escrita, el juez determinó que la respuesta y la reconvención presentada por Novak y MIM en la acción de ejecución hipotecaria de Lois no eran impugnantes. En consecuencia, el juez remitió el asunto a la Oficina de Ejecuciones Hipotecarias para que se dicte sentencia definitiva, sujeto a cualquier disputa sobre el monto de la sentencia o el derecho de MIM a un crédito de mercado justo u otra compensación equitativa. MIM no presenta aquí un argumento con respecto a la disposición del juez de los asuntos de ejecución hipotecaria; de hecho, MIM reconoce acertadamente que, hasta que no se dicte sentencia firme en la acción de ejecución hipotecaria, no tiene derecho a presentar un escrito de apelación al respecto.