martes, 27 de octubre de 2020

LICENCIADO DE QUIEBRA EN BERGEN COUNTY NJ - (201) 646-3333

 REPOSESION


ABOGADO DE BANCARROTA EN HACKENSACK
NUEVA JERSEY (201) 646-3333


Cualquiera que se haya atrasado en los pagos de su automóvil u otros préstamos para pertenencias personales o herramientas de trabajo eventualmente enfrenta la amenaza de recuperación. Si no realiza demasiados pagos, el concesionario o el banco pueden incautar repentinamente su camión o automóvil desde su casa o su trabajo. Si tiene tantas deudas que simplemente no puede cumplir con los pagos mínimos o ha comenzado a usar una tarjeta de crédito para pagar otra, necesita ayuda. Hay soluciones para problemas financieros tan graves. Una solución a considerar es la quiebra. Para obtener más información y saber cómo la bancarrota podría proteger su automóvil u otras posesiones de la recuperación, debe hablar con un representante del norte de Nueva Jersey.

Abogado de quiebras de Bergen, Hudson y el condado de Passaic como Rafael Gomez.


Mucho gusto, mi nombre es Sales, tengo pues recomendación en donde el doctor abogado Gómez me ha sacado de un problema rápido y seguro.


viernes, 23 de octubre de 2020

JUICIO HIPOTECARIO - ABOGADO DE BANCARROTA EN NUEVA JERSEY (201) 646-3333

 

JUICIO HIPOTECARIO


(201) 646-3333 

ABOGADO DE BANCARROTA DEL CONDADO DE BERGEN


Hoy en día, muchos propietarios de viviendas de Nueva Jersey que viven en Bergen, Hudson o el condado de Passaic se enfrentan a la crisis de perder sus hogares. Más personas se preguntan cómo afectará la ejecución hipotecaria a su crédito. La respuesta a esa pregunta es: afectará su crédito muy negativamente junto con una serie de otras ramificaciones financieras. Si el proceso de ejecución hipotecaria comienza en su hogar, no podrá solicitar ningún tipo de préstamo por dos años completos. Esto incluye cualquier tipo de financiación, por pequeña que sea.

Si necesitas a un abogado ven a Rafael Gómez, este abogado no solamente es bueno, ha sido mi amigo desde 1935, de hecho me acaba de sacar un problema, salimos positivos, si necesitas un abogado ven a ver Rafael Gómez. Te lo recomiendo.



Muchas personas en el norte de Nueva Jersey creen erróneamente que todas las deudas hipotecarias se extinguen una vez que un prestamista ejecuta la hipoteca de la propiedad. De hecho, dado el deprimido mercado inmobiliario, la mayoría de los prestamistas a menudo deben vender la propiedad ejecutada por menos del monto de la hipoteca o menos del valor de mercado. Esto deja al prestamista con un remedio: presentar una demanda contra el deudor por la "deficiencia". La deficiencia es la cantidad que el deudor todavía le debe al banco porque la venta de la casa no cubrió la hipoteca de la casa. Esta deuda permanece y no desaparece, como muchas personas creen erróneamente. Afortunadamente, aquellos deudores de Nueva Jersey que se han alejado de una propiedad a propósito o que han sido embargados porque no pudieron modificar su hipoteca pueden declararse en bancarrota para cancelar la deuda que el banco continuará buscando. En la mayoría de estos casos, la mejor opción es declararse en bancarrota según el Capítulo 7, ya que ya no hay capital sobre el que preocuparse.

Me llamo Marcelo y estoy recomendando al doctor Rafael, que se pueda abogado me ha salvado de de los tickets que tenía para mucho dinero, me salvó dos por tres y cada día estoy agradecido con él, espero los que necesiten le llamé por el doctor que les va a ayudar de lo que quieran que está dispuesto a ayudarnos. No tengan problemas. Gracias.


lunes, 19 de octubre de 2020

ABOGADO DE BANCARROTA DEL CONDADO DE BERGEN NUEVA JERSEY - (201) 646-3333

ABOGADO DE BANCARROTA DEL CONDADO DE BERGEN NUEVA JERSEY

¿Está considerando declararse en quiebra?

 
Con la economía en su estado actual, escuchar que la gente está luchando contra la deuda no es, lamentablemente, tan poco común como a uno le gustaría escuchar. Demasiadas personas se encuentran deslizándose cada vez más por la pendiente resbaladiza, atrapadas entre el mundo vertiginoso en el que vivimos y la cultura simultánea del dinero plástico y querer más. Las compañías de tarjetas de crédito tampoco ayudan, ya que al final del día solo se preocupan por obtener ganancias, no por ayudarlo a ponerse de nuevo en pie para seguir adelante con éxito con su vida.

Si actualmente se enfrenta a una situación similar a esta, le conviene hablar con un abogado experimentado en quiebras de Nueva Jersey sobre la posibilidad de declararse en quiebra. Al hablar con alguien que conozca este proceso, puede obtener respuestas a sus preguntas; preguntas sobre señales de advertencia de bancarrota, si califica, qué capítulo es el adecuado para usted, los beneficios de la bancarrota, las exenciones, lo que perderá y los tipos de deudas que pueden eliminarse. La bancarrota puede ser un proceso aterrador y confuso para tratar de asumir, pero con la orientación adecuada, no tiene por qué temerlo. Puede ser simplemente una forma de avanzar hacia el próximo capítulo de su vida.

Hola mi nombre es Luiz Lopes, y fue representado por el abogado Gomez. Te lo recomiendo, mi licencia salió sin ningun punto y la verdad es que el fue un muy bien trabajo. Se lo recomiendo.



¿Por qué contratar a un abogado de quiebras?

 
En el bufete de abogados de Rafael Gómez, comprendemos las preguntas e inquietudes que tendrá si está considerando declararse en quiebra. Sabemos que parece complejo y las ideas del Capítulo 7 y del Capítulo 13 pueden parecer extrañas y abrumadoras. Sin embargo, hay muchas cosas que puede hacer para ayudarse a sí mismo. Al trabajar de cerca con su caso y brindarle la atención personal indivisa que se merece, puede respirar más tranquilo sabiendo que está tratando con alguien dedicado a lograr el resultado óptimo. No importa si le preocupa la deuda de la tarjeta de crédito o la vida después de la quiebra, estaremos aquí para ayudarlo.

Si actualmente está considerando declararse en quiebra, comuníquese con Rafael Gómez llamando al (201) 646-3333

Mi nombre es Víctor Radio, me recomendaron el abogado Rafael Gómez y excelente, de 10 puntos salí sin puntos en la licencia. Te lo recomiendo.


miércoles, 14 de octubre de 2020

SEÑALES DE ADVERTENCIA DE BANCARROTA - ABOGADO DE BANCARROTA EM HACKENSACK (201) 646-3333

 SEÑALES DE ADVERTENCIA DE BANCARROTA

ABOGADO DE BANCARROTA EN NUEVA JERSEY 

(201) 646-3333


Si varios de los siguientes se aplican a su situación, podría considerar discutir la bancarrota con el abogado de bancarrotas de Nueva Jersey, Rafael Gomez:


  • Su salario o su cuenta bancaria han sido embargados

  • su deuda total, sin incluir el préstamo de su automóvil o casa, es más de lo que podría pagar, incluso durante cinco años o más
Mi nombre es Manuel Lema, les quiero recomendar a todos que ven este vídeo que el abogado Rafael Gómez es uno de los mejores abogados y el favorito mío. Gracias.



  • Las agencias de cobro lo están llamando a su casa y / o al trabajo

  • sus pagos tienen más de 30 días de retraso en más de una factura

  • hay juicios pendientes en tu contra

  • debe impuestos sobre la renta que actualmente no puede pagar

  • tienes pocos activos

  • ha tenido una propiedad embargada (como un vehículo)


Las personas a quienes se les ha embargado el salario pueden beneficiarse especialmente de una quiebra porque la quiebra detendrá el embargo y podría potencialmente ayudarlo a recuperar parte del dinero embargado.

Hola mi nombre es Alejandra Polanco, le quiero recomendar el 100% al abogado Gómez, él es mi abogado favorito porque me salvó mi licencia.



jueves, 8 de octubre de 2020

ARTÍCULO CAPÍTULO 7 - ABOGADO DE BANCARROTA EN HACKENSACK NJ 07601 - (201) 646-3333

 EVE C. PASTERNAK y STEVEN PASTERNAK, Demandantes-Apelantes,

v.

PNC BANK, N.A., PNC BANK, Demandado-Demandado y

MATTELMAN, WEINROTH & MILLER, PC; GEORGE J WEINROTH; JOHN C. MILLER, III; MARTIN WEINBERG, Demandados.

No. A-0507-13T1.

Tribunal Superior de Nueva Jersey, División de Apelaciones.


Argumentó el 10 de febrero de 2016.

Decidido el 4 de marzo de 2016.


Steven Pasternak, apelante, argumentó la causa pro se.

Eve C. Pasternak, apelante pro se, se sumó al escrito del apelante pro se.

Roberto A. Rivera-Soto argumentó la causa del demandado (Ballard Spahr, LLP, abogados; Sr. Rivera-Soto, de abogado y en el escrito).

Ante los jueces Ostrer y Haas.

Mi nombre es Emanuel Angeles, le quiero recomendar a mi abogado Rafael Gómez, un abogado en el que usted puede confiar. Me salvo mi licencia. El número uno.



NO PARA PUBLICACIÓN SIN LA APROBACIÓN DE LA DIVISIÓN DE APELADOS


POR CURIAM.

Los demandantes Steven y Eve Pasternak apelan de la orden de la División de Derecho del 12 de agosto de 2013 que otorga la moción del demandado de PNC Bank, N.A. (PNC) para un juicio sumario y desestima la queja del demandante. Afirmamos.

Derivamos los siguientes hechos y antecedentes procesales del expediente de moción. Los demandantes anteriormente tenían el título de una residencia en Livingston, Nueva Jersey. La propiedad estaba sujeta a dos hipotecas mantenidas por United Trust Bank (United). Los demandantes incumplieron con las hipotecas y United inició los procedimientos de ejecución hipotecaria. El 15 de junio de 2005, la División de Cancillería dictó un fallo final de ejecución hipotecaria de $ 222,366.58 contra los demandantes.

Más tarde, PNC adquirió las hipotecas, pero no se movió para enmendar la sentencia ni buscar costos posteriores a la sentencia. Los demandantes continuaron viviendo en la casa. PNC pagó los impuestos y otros costos de mantenimiento de la propiedad. PNC envió avisos mensuales de pago atrasado a los demandantes desde el momento en que adquirió las hipotecas, pero los demandantes no pagaron la sentencia. Después de que PNC programó la venta del alguacil, el demandante Steven Pasternak presentó una petición de bancarrota del Capítulo 13 sin éxito. La venta del alguacil se pospuso a partir de entonces nueve veces más.

El 29 de febrero de 2008, PNC les dio a los demandantes una cifra de pago incorrecta de $ 284,194.81 para cumplir con la sentencia. Las partes pronto se dieron cuenta de que esta cantidad era más alta que la cifra real de pago. En el curso de buscar otro aplazamiento de la venta del alguacil, esta vez con base en el recibo de la cifra de pago incorrecta, los demandantes informaron a la División de Cancillería que habían recibido un compromiso de refinanciamiento de $ 495,000 de un banco y deseaban pagar el fallo y retener la propiedad. . Sin embargo, dijeron al juzgado que habían dejado en casa la documentación firmada que acreditaba este compromiso. El tribunal aplazó el procedimiento para que los demandantes pudieran irse a casa durante la hora del almuerzo, recuperar la documentación y llevarla de regreso al tribunal. Los demandantes abandonaron el tribunal y nunca regresaron. El tribunal denegó la solicitud de aplazamiento de los demandantes y la venta del alguacil se llevó a cabo el 11 de marzo de 2008.

Los demandantes luego presentaron una petición voluntaria de bancarrota del Capítulo 7, enumerando el reclamo garantizado de PNC en $ 286,000. El 14 de abril de 2008, el tribunal de quiebras desestimó el reclamo de los demandantes con prejuicio "como una presentación de mala fe".

Los demandantes se negaron a desalojar la propiedad. Se emitió un auto de posesión pero, dos días antes de que se ejecutara el auto, los demandantes presentaron una demanda en el tribunal de distrito federal, buscando prohibir su desalojo porque la PNC les había proporcionado anteriormente una cifra de pago incorrecta. El 13 de noviembre de 2008, el tribunal de distrito denegó la moción de los demandantes para suspender el desalojo y, el 19 de febrero de 2009, el tribunal desestimó la denuncia de los demandantes.

El 9 de marzo de 2010, los demandantes presentaron una denuncia de seis cargos contra la PNC y otros acusados ​​[1] en la División de Derecho. Alegando que PNC les proporcionó una cifra de pago incorrecta en un intento de tomar su residencia indebidamente, los demandantes buscaron $ 1.5 millones en daños contra PNC por tergiversación intencional o fraude (cargo uno); violaciones de la Ley de Fraude al Consumidor de Nueva Jersey, N.J.S.A. 56: 8-1 a -200 (cuenta dos); violaciones de la Ley de Prácticas Justas de Cobro de Deudas, 15 U.S.C.A. §§ 1692 a -1692p (cuenta tres); incumplimiento del deber de buena fe y trato justo (cuarto cargo); negligencia (cuenta cinco); y usura (cuenta seis).

La PNC llevó el caso al tribunal de distrito federal, que desestimó el tercer cargo y devolvió el asunto a la División de Derecho. El 23 de abril de 2012, la jueza Carolyn E. Wright inició un juicio en el tribunal sobre las reclamaciones restantes de los demandantes. Después de tres días de testimonio, las partes acordaron presentar mociones de juicio sumario al tribunal para su consideración. El 12 de agosto de 2013, el juez Wright concedió la moción de la PNC para un juicio sumario y desestimó la denuncia de los demandantes con prejuicio.

En una minuciosa opinión escrita de quince páginas, la jueza Wright explicó completamente las razones que subyacen a su decisión. Después de revisar minuciosamente los argumentos de las partes, el juez concluyó que los reclamos de los demandantes sobre la cifra de pago incorrecta estaban excluidos por el privilegio de litigio de derecho consuetudinario, que prohíbe reclamos basados ​​en "cualquier comunicación (1) realizada en procedimientos judiciales o cuasi judiciales; (2) por litigantes u otros participantes autorizados por la ley; (3) para lograr los objetivos del litigio; y (4) que tengan alguna conexión o relación lógica con la acción '". Hawkins v. Harris, 141 NJ 207, 216 (1995) (citando a Silberg v. Anderson, 50 Cal. 3d 205, 212 (1990)). El juez determinó que estos cuatro factores se cumplieron en este caso y que "[una] amplia jurisprudencia demuestra que regularmente se han desestimado reclamaciones idénticas basadas en supuestas cifras de pagos indebidos". [2]

Soy Alexander Fraga y les recomiendo mi abogado Rafael Gomez que me salvo la licencia y llame lo.


El juez Wright también determinó que las reclamaciones de los demandantes con respecto a la cifra de pago incorrecta estaban prohibidas por cosa juzgada. El juez señaló que el argumento de los demandantes de que la PNC falsificó deliberadamente la cifra de pago había sido rechazado por: (1) la División de Cancillería cuando permitió que procediera la venta del alguacil en marzo de 2008; (2) el tribunal de quiebras cuando desestimó la petición del Capítulo 7 de los demandantes en abril de 2008; y (3) el tribunal federal de distrito cuando denegó la moción de los demandantes para prohibir su desalojo en noviembre de 2008. Así, el juez determinó que "[l] os elementos de la cosa juzgada se cumplieron y los reclamos de los demandantes están excluidos. "

Finalmente, el juez determinó que los demandantes no "establecieron fraude contra la PNC porque la discrepancia [en la cifra de pago] era inmaterial [y] no hay pruebas de que confiaran razonablemente en ella". Los demandantes manifestaron ante la División de Cancillería que tenían acceso a $ 495,000 para pagar la sentencia, que excedía la cifra de liquidación que proporcionó la PNC. Por lo tanto, los demandantes no pudieron demostrar que sufrieron daños como resultado del error de PNC. Este llamamiento siguió.

En la apelación, los demandantes plantean los siguientes argumentos:

PUNTO I

LA RESOLUCIÓN DEL JUEZ WRIGHT DE QUE PNC BANK PUEDE FABRICAR, DOBLAR FACTURACIÓN Y SOBRESALTAR LA CANTIDAD DEBIDA PARA SALDAR UNA DEUDA ANTES DE UNA VENTA DEL ALGUACIL ES CONTRARIA A RES JUDICATA, ESTOPPEL COLATERAL, LEY DEL CASO Y LEY DE NEW JERSEY.

The R [ule] 4: 46-1 Estándar de juicio sumario [.]

PNC violado. . . Regla 4: 42-11 [.]

PNC Violado N.J.S.A. 31: 1-3 [.]

PNC violó la ley de ejecución hipotecaria justa de Nueva Jersey [.]

Ley de Fraude al Consumidor de Nueva Jersey, N.J.S.A. 56: 8-1 [hasta -200.]

El juicio sumario es apropiado sobre la cantidad de daños [.]

PUNTO II

LA ERRÓNEA DECISIÓN DEL JUEZ WRIGHT ES CONTRARIA A RES JUDICATA, ESTOPPEL COLATERAL, LA LEY DEL CASO [,] Y LA LEY DE NUEVA JERSEY.

PUNTO III

LA ERRÓNEA DECISIÓN DEL JUEZ WRIGHT NO SÓLO LEGALIZA EL FRAUDE, PERO PODRÍA IMPONER UN DEBER FIDUCIARIO AL BANCO Y SUS ABOGADOS PARA DEFRAUDAR A LOS TRIBUNALES YA LOS RESIDENTES DE NUEVA JERSEY.

Nuestra revisión de un fallo sobre juicio sumario es de novo, aplicando el mismo estándar legal que el tribunal de primera instancia. Townsend contra Pierre, 221 N.J. 36, 59 (2015). "Se debe otorgar un juicio sumario si 'los alegatos, declaraciones, respuestas a interrogatorios y admisiones en el archivo, junto con las declaraciones juradas, si las hubiera, demuestran ... que no existe un problema genuino en cuanto a ningún hecho material impugnado y que la parte que mueve es derecho a un juicio ... como una cuestión de derecho '". Town of Kearny v. Brandt, 214 NJ 76, 91 (2013) (citando R. 4: 46-2 (c)).

Así, consideramos, como lo hizo el juez de primera instancia, si "los materiales probatorios competentes presentados, cuando se los ve desde la perspectiva más favorable para la parte que no se mueve, son suficientes para permitir que un investigador racional resuelva la supuesta cuestión controvertida a favor del fiesta inmóvil ". Ibídem. (citando Brill contra Guardian Life Ins. Co., 142 N.J. 520, 540 (1995)). Si no existe una cuestión genuina de hecho material, entonces debemos "decidir si el tribunal de primera instancia interpretó correctamente la ley". Massachi contra AHL Servs., Inc., 396 N.J. Super. 486, 494 (App. Div. 2007), certif. negado, 195 N.J.419 (2008). No concedemos ninguna deferencia a las conclusiones del juez de primera instancia sobre cuestiones de derecho y revisamos cuestiones de derecho de novo. Nicholas contra Mynster, 213 N.J.463, 478 (2013).

Hemos considerado los argumentos de los demandantes a la luz del expediente y los principios legales aplicables y concluimos que carecen de mérito suficiente para justificar su discusión en una opinión escrita. R. 2: 11-3 (e) (1) (E). Estamos satisfechos de que la jueza Wright haya otorgado correctamente un juicio sumario a la PNC y afirmamos sustancialmente por las razones expresadas en su opinión escrita reflexiva y completa del 12 de agosto de 2013.

Mi abogado es Rafael Gómez, se lo puedo recomendar porque muy buen abogado y me gano mi caso. Soy Rosa Dionisio.


Afirmado. [1] Las reclamaciones de los demandantes contra los otros acusados fueron posteriormente desestimadas y estos acusados no son partes en esta apelación. [2] Véase, por ejemplo, Rickenbach v. Wells Fargo Bank, N.A., 635 F. Supp. 2d 389, 400-01 (D.N.J. 2009) (salvo reclamos basados en declaraciones de pago incorrectas debido al privilegio de litigio); Giles v. Phelan, Hallinan y Schmieg, LLP, 901 F. Supp. 2d 509, 524-26 (D.N.J.2012) (el privilegio de litigio prohibió el reclamo de la Ley de Fraude al Consumidor en el contexto de las declaraciones de pago).


martes, 6 de octubre de 2020

EXENCIONES - HACKENSACK ABOGADO DE BANCARROTA (201) 646-3333

ABOGADO DE BANCARROTA
(201) 646-3333

Algunas propiedades están protegidas o exentas de los reclamos de sus acreedores y usted puede quedárselas. Al determinar qué se considera exento, muchos estados le permiten elegir y usar la definición estatal de exento o la lista establecida por la ley federal. Algunos estados requieren que use la lista del estado. Asegúrese de consultar las leyes de su estado para averiguar qué se aplica a su estado.

La propiedad exenta puede incluir estos tipos de propiedad:


Las leyes de reforma de 2005 también limitan sus opciones de mudarse a otro estado para aprovechar exenciones más generosas.

La mayoría de los casos del Capítulo 7 son casos "sin activos", lo que significa que usted no tiene propiedad no exenta para que el fiduciario la venda y la utilice para pagar a los acreedores. Su petición de quiebra establece si su caso es "activo" o "sin activo". Si el fideicomisario no está de acuerdo, debe demostrar por qué la designación no es correcta.

Mi nombre es Miguel Ángel Pimentel, estoy aquí con con el abogado Rafael Gómez, que tuve un accidente hace un tiempo y me sacó el máximo que me daba la póliza y yo te recomiendo. Es un buen abogado, siempre responsable y te saca al máximo de lo que pueda sacar en el accidente o sea, si necesita un abogado serio y responsable, te recomiendo al abogado Rafael Gómez, que te saque el máximo en cuanto a la póliza del seguro. Es serio y responsable te lo recomiendo 100%.

Si quieres estar bien representado en cualquier tipo de caso visite al abogado Rafael Gómez, se los recomiendo, me ayudó bastante con un caso de mi hija que tuvo un problema de automovilístico. Gracias.




miércoles, 23 de septiembre de 2020

TRIBUNAL SUPERIOR DE BANCARROTA - ABOGADO EN HACKENSACK NJ (201) 646-3333

 ASOCIACIÓN NACIONAL DE HSBC BANK USA, Demandante-Demandado,
v.
ADESINA OGUNLANA, Demandada-Recurrente.
No. A-0688-17T2.
Tribunal Superior de Nueva Jersey, División de Apelaciones.

Recibido el 13 de septiembre de 2018.
Decidido el 20 de septiembre de 2018.

En apelación del Tribunal Superior de Nueva Jersey, División de Cancillería, Condado de Essex, Expediente No. F-012098-13.

Ejike N. Uzor, abogado del apelante.

Reed Smith, LLP, abogados del demandado (Henry F. Reichner, en el escrito).

Ante los jueces Koblitz y Currier.

NO PARA PUBLICACIÓN SIN LA APROBACIÓN DE LA DIVISIÓN DE APELADOS

Esta opinión no "constituirá un precedente ni será vinculante para ningún tribunal". Aunque se publica en Internet, esta opinión es vinculante solo para las partes en el caso y su uso en otros casos es limitado. R. 1: 36-3.

POR CURIAM.

En este asunto de ejecución hipotecaria, la demandada Adesina Ogunlana apela contra la orden del 19 de septiembre de 2017 que niega su moción para suspender la venta del alguacil. La base de la demandada para la suspensión de la venta fue su declaración de quiebra. Menores de 11 U.S.C. § 362 (c) (4) (A) (i), una suspensión automática no entra en vigencia cuando un deudor ha tenido dos o más casos previos desestimados dentro del año. La suspensión automática no entró en vigor aquí porque el acusado presentó una tercera acción de quiebra justo antes de la fecha de la venta del alguacil. Por lo tanto, no fue un abuso de discreción que el juez de la Cancillería negara una suspensión de la venta. Afirmamos.

Después de que la demandada incumpliera con el préstamo que garantizaba la hipoteca de su propiedad residencial, la demandante HSBC Bank National Association, presentó una acción de ejecución hipotecaria. El acusado no respondió a la demanda y el fallo final se emitió en junio de 2015. La venta del alguacil estaba programada para el 19 de septiembre de 2017.

Mi nombre Miguel Díaz, conozco a Rafael Gómez, el abogado de Hackensack, uno de los mejores abogados de Bergen County, aun recomendado con varios clientes, vários amigos y siempre ganando sus casos. La persona muy humilde, muy amable, aqui tengo completa atención y siempre sale adelante con caso de caudé a las personas que atienden.


El día de la venta, la demandada solicitó una suspensión debido a una petición de reparación en virtud del Capítulo 13 del Código de Quiebras, que había presentado el día anterior. Ver 11 U.S.C. § 362 (a) (2). El acusado había presentado dos peticiones previas de reparación en abril y julio de 2017, y ambas fueron desestimadas por no presentar los horarios. Luego de escuchar los argumentos de los abogados, el juez de Cancillería negó la suspensión de la venta el 19 de septiembre de 2017 [1]. Señaló que § 362 (c) (4) (A) (i) del Código de Quiebras proporciona una excepción a la suspensión automática generalmente provocada por la presentación de una petición de quiebra si dos o más peticiones anteriores han sido desestimadas dentro del año. Como esta fue la tercera presentación del demandado en virtud del Capítulo 13 dentro de cinco meses, la suspensión automática no entró en vigencia. Por lo tanto, no se presentaron motivos ante el tribunal para suspender la venta del alguacil. [2]

En la apelación, el acusado afirma que el juez de la Cancillería cometió un error al denegar la moción para anular la venta del alguacil. No estamos de acuerdo. El demandante presentó evidencia de las tres solicitudes de bancarrota del demandado para obtener alivio bajo el Capítulo 13. Bajo 11 U.S.C. § 362 (c) (4) (A) (i), la suspensión automática no se activa en la tercera presentación. Como no se presentaron otros motivos para respaldar la solicitud, no fue un abuso de discreción que el juez de la Cancillería denegara la suspensión de esta solicitud.

Como están buenos días, mi nombre es José Gonzalo Mantienen Gary, gracias al abogado Rafael Gómez, se lo agradece me he ganado muchos casos con él, sobre el caso de divorcio que lo hice ahora, aparte de eso he ganado muchas cosas sobre la licencia, sobre la corte de los tickets, de muchos casos más. Se lo garantizo que él es un abogado excelentemente, que ayuda a todos los necesarios que necesitamos en diferentes casos de la corte, gracias a mi abogado a usted se lo agradece mil y tenga un buen día.


Afirmado.

[1] El juez escuchó argumentos adicionales a la mañana siguiente, tras lo cual reafirmó su decisión.

[2] La moción posterior del acusado en el Tribunal de Quiebras para imponer una suspensión automática fue denegada el 13 de octubre de 2017.


ARTÍCULO DE GOOGLE SCHOLAR