PHH HIPOTECA CORPORATION, Demandante-Demandado,
v.
ERIC MOORE, Demandado-Apelante.
Expediente No. A-4105-14T2.
Tribunal Superior de Nueva Jersey, División de Apelaciones.
Entregado el 8 de mayo de 2017.
Decidido el 8 de septiembre de 2017.
En apelación del Tribunal Superior de Nueva Jersey, División de Cancillería, Condado de Essex, Expediente No. F-001008-13.
Eric Moore, recurrente pro se.
Ballard Spahr LLP, abogados del demandado (Daniel JT McKenna y Christopher N. Tomlin, sobre el escrito).
Ante los jueces Nugent y Currier.
NO PARA PUBLICACIÓN SIN LA APROBACIÓN DE LA DIVISIÓN DE APELADOS
Esta opinión no "constituirá un precedente ni será vinculante para ningún tribunal". Aunque se publica en Internet, esta opinión es vinculante solo para las partes en el caso y su uso en otros casos es limitado. R.1: 36-3.
POR CURIAM.
El acusado Eric Moore apela de una cancillería del 5 de febrero de 2015
Orden de división que niega su moción para anular el fallo final en esta acción de ejecución hipotecaria. Por las razones que siguen, afirmamos.
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El 22 de agosto de 2003, el demandado pidió un préstamo de $ 173,000 del Fleet National Bank ("Fleet"). El Demandado entregó una nota a Fleet por ese monto y aseguró la deuda ejecutando una hipoteca que gravaba la propiedad que poseía en Irvington. El demandado ejecutó la hipoteca a favor de Mortgage Electronic Registration Systems, Inc. ("MERS") como candidato para Fleet. La hipoteca fue debidamente registrada en la Oficina del Registro del Condado de Essex el 28 de agosto de 2003. Posteriormente, Fleet endosó el pagaré sin recurrir a Cendant Mortgage Corporation ("Cendant"). [1] Cendant refrendó la nota en blanco.
Seis años después, el 26 de octubre de 2009, MERS asignó la hipoteca a PHH Mortgage Corporation ("PHH"). La cesión fue debidamente registrada el 21 de diciembre de 2009.
De acuerdo con la demanda de ejecución hipotecaria que PHH presentó el 10 de enero de 2013, el demandado incumplió al no realizar un pago a plazos que vence el 1 de junio de 2012, y desde entonces no ha realizado ningún pago.
El 4 de febrero de 2014, el demandado presentó una moción para anular un incumplimiento que se había ingresado de conformidad con la Regla 4: 43-3. [2] A partir de entonces, el demandante presentó un aviso de moción para dictar sentencia. El acusado se opuso a la moción y presentó una moción cruzada para desestimar la denuncia. El tribunal denegó la moción cruzada del acusado y emitió una sentencia definitiva el 21 de noviembre de 2014.
El acusado hizo la moción de anular la sentencia final. El tribunal denegó la moción el 5 de febrero de 2015. A continuación, siguió esta apelación.
En la apelación, el acusado argumenta que "[l] a División de Apelaciones debe decidir si el acusado [tiene] derecho a una reparación como cuestión de derecho". El demandado también argumenta que el demandante no presentó evidencia admisible competente de que poseyera un interés en el pagaré garantizado por la hipoteca del demandado. El Demandado sostiene que la "Certificación de comprobante de monto adeudado" firmada por el vicepresidente asistente del demandante, que acredita que "[el demandante es el titular de la ... nota", no se basa en el conocimiento personal. El acusado argumenta además que el vicepresidente no abordó el endoso de la nota en blanco. En resumen, el demandado sostiene que el demandante no demostró que tenía derecho a un juicio como cuestión de derecho.
El acusado busca alivio bajo la Regla 4: 50-1, que establece:
Por moción, con escritos y en los términos que sean justos, el tribunal puede relevar a una de las partes o al representante legal de la parte de una sentencia u orden final por las siguientes razones: (a) error, inadvertencia, sorpresa o negligencia excusable; (b) evidencia recién descubierta que probablemente alteraría la sentencia o la orden y que por la debida diligencia no podría haber sido descubierta a tiempo para solicitar un nuevo juicio bajo R. 4:49; (c) fraude (ya sea hasta ahora denominado intrínseco o extrínseco), tergiversación u otra mala conducta de una parte adversa; (d) la sentencia u orden es nula; (e) la sentencia u orden ha sido cumplida, liberada o descargada, o una sentencia u orden anterior en la que se basa ha sido revocada o anulada de otra manera, o ya no es equitativo que la sentencia u orden tenga una aplicación prospectiva; o (f) cualquier otra razón que justifique la exención de la ejecución de la sentencia u orden.
La regla "rige la moción de un solicitante de reparación de incumplimiento cuando el caso ha pasado a juicio" de conformidad con la Regla 4: 43-2. US Bank Nat'l Ass'n contra Guillaume, 209 N.J. 449, 466-67 (2012). "La regla está 'diseñada para reconciliar los fuertes intereses en la finalidad de las sentencias y la eficiencia judicial con la noción equitativa de que los tribunales deben tener autoridad para evitar un resultado injusto en cualquier caso dado'". Id. en 467 (citando Mancini v. EDS, 132 N.J. 330, 334 (1993)).
La exención del juicio según la Regla 4: 50-1 "no debe concederse a la ligera". Bank contra Kim, 361 N.J. Super. 331, 336 (App. Div. 2003). Además, "la demostración de una defensa meritoria es un elemento tradicional necesario para anular tanto una sentencia en rebeldía como una sentencia en rebeldía ...". Pressler & Verniero, Current N.J. Court Rules, comentario sobre R. 4: 43-3 (2017). Esto es así porque cuando una de las partes no tiene una defensa meritoria, "[e] l tiempo de los tribunales, los abogados y los litigantes no deben ser absorbidos por un proceso tan inútil". Guillaume, supra, 209 N.J. en 469 (citando Schulwitz v. Shuster, 27 N.J. Super. 554, 561 (App. Div. 1953)).
Un tribunal de apelaciones revisa la orden de un tribunal de primera instancia que niega una moción de reparación de la Regla 4: 50-1 bajo un estándar de abuso de discreción, lo que otorga una deferencia sustancial al fallo del tribunal de primera instancia. Identificación. en 467 (citas omitidas). Un tribunal de apelaciones "encuentra un abuso de discreción cuando una decisión se 'toma sin una explicación racional, se aparta inexplicablemente de las políticas establecidas o se basa en una base inadmisible'". Id. en 467-68 (citando Iliadis v. Wal-Mart Stores, Inc., 191 N.J. 88, 123 (2007)).
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Aquí, el acusado no demostró que tenía una defensa meritoria para la acción de ejecución hipotecaria. Su argumento principal en la apelación es que PHH no tenía legitimación cuando presentó la demanda de ejecución hipotecaria. El argumento es inútil. Una cesión de hipoteca anterior a la demanda original confiere legitimación al demandante. Deutsche Bank Trust Co. Ams. contra Ángeles, 428 N.J. Super. 315, 318 (App. Div. 2012) (citando Deutsche Bank Nat'l Trust Co. v. Mitchell, 422 N.J. Super. 214, 216 (App. Div. 2011)). Aquí, es indiscutible que MERS, como nominado por Fleet, cedió la hipoteca a PHH el 26 de octubre de 2009, y que la hipoteca fue debidamente registrada el 21 de diciembre de 2009, más de tres años antes de que PHH presentara la demanda el 10 de enero. 2013.
El acusado no tiene otras defensas. Hemos considerado sus argumentos restantes y hemos descubierto que carecen de mérito suficiente para justificar un debate más a fondo. R. 2: 11-3 (e) (1) (E).
Afirmado.
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