jueves, 11 de febrero de 2021

ARTÍCULO CAPÍTULO 7 - ABOGADO DE BANCARROTA EN NUEVA JERSEY 07601 - (201) 646-3333

 114 A.3d 742 (2015)

221 N.J. 501

Robert D. GASKILL y Kathleen Gaskill, h / w, Demandantes-Apelantes,
v.
CITI MORTGAGE, INC., F / k / a Citicorp Mortgage, Inc., Demandado-Demandado.

A-51 Período de septiembre de 2013, 071804

Tribunal Supremo de Nueva Jersey.

Argumentó el 13 de abril de 2015.

Decidido el 28 de mayo de 2015.


Joseph M. Pinto argumentó la causa de los recurrentes (Polino y Pinto, abogados).


Mary Lynn McCaffrey argumentó la causa del demandado (Isabel L. Becker, abogada).


POR CURIAM.

Esta apelación surge de la queja de los demandantes para cancelar y descargar un gravamen de la sentencia de un acreedor en poder del demandado Citi Mortgage, Inc. (Citi), luego de la conclusión de los procedimientos de quiebra realizados de conformidad con el Capítulo 7 del Código de Bancarrotas de los Estados Unidos (Capítulo 7), 11 USCA §§ 701-784. En 1997, el Tribunal Superior dictó un fallo en rebeldía a favor de Citi contra los demandantes y, en virtud de su registro de ese fallo, Citi obtuvo un gravamen sobre todos los bienes inmuebles de los demandantes en Nueva Jersey. Cuatro años después, los demandantes iniciaron un procedimiento de quiebra del Capítulo 7 en el Tribunal de Quiebras de los Estados Unidos. Debido a que los demandantes enumeraron el bufete de abogados que había representado a Citi, en lugar del propio Citi, en su petición del Capítulo 7, el tribunal de quiebras no notificó el procedimiento a Citi. Después de que el administrador de la bancarrota abandonó dos de las propiedades de los demandantes en Nueva Jersey, el tribunal de bancarrotas descargó la deuda de los demandantes y cerró su caso del Capítulo 7. Citi no intentó gravar la propiedad de los demandantes en ningún momento antes de la presentación de la quiebra y no buscó hacer cumplir su gravamen a raíz de la liquidación de la quiebra de los demandantes.


Más de tres años después de la liquidación de la bancarrota, los demandantes presentaron esta acción bajo N.J.S.A. 2A: 16-49,1. Ese estatuto permite que un deudor, cuyas deudas hayan sido liquidadas en quiebra, solicite al tribunal estatal que ha dictado una sentencia contra el deudor, o ha anulado la sentencia, una orden que ordene que la sentencia 743 sea cancelada y descargada. N.J.S.A. 2A: 16-49,1. El estatuto requiere que el deudor espere al menos un año después de su descargo de bancarrota antes de buscar la cancelación y descargo del gravamen del fallo. Ibídem. De conformidad con N.J.S.A. 2A: 16-49.1, los demandantes buscaron una orden que cancele el gravamen de la sentencia de Citi sobre las dos propiedades.


El tribunal de primera instancia aceptó la moción de Citi de juicio sumario y desestimó el reclamo de los demandantes. El tribunal reconoció que un acreedor judicial, como Citi, que no ha impuesto sobre la propiedad del deudor antes de que el deudor presente una petición de quiebra, puede hacer cumplir su gravamen válido después de la descarga de la quiebra, pero debe hacerlo dentro del año siguiente a la descarga. . El tribunal explicó que si Citi no hizo cumplir su gravamen dentro de ese período, su gravamen podría cancelarse de conformidad con N.J.S.A. 2A: 16-49,1. El tribunal de primera instancia determinó, sin embargo, que Citi no había recibido notificación del procedimiento de quiebra del Capítulo 7 de los demandantes. En consecuencia, dictaminó que se violarían los principios del debido proceso si el gravamen de la sentencia de Citi se cancelara antes del vencimiento de un año después de la fecha en que Citi se enteró tardíamente del procedimiento de quiebra y del intento de los demandantes de cancelar su gravamen. En consecuencia, el tribunal de primera instancia calculó equitativamente el período de un año prescrito por el estatuto.


En una opinión publicada, la División de Apelaciones afirmó la determinación del tribunal de primera instancia. Gaskill contra Citi Mortg., Inc., 428 N.J Super. 234, 237, 52 A.3d 192 (App. Div. 2012). El panel concluyó que el gravamen de la sentencia de Citi estaba sujeto a ser descargado o liberado en los procedimientos de quiebra de los demandantes y, en consecuencia, estaba sujeto a cancelación de conformidad con N.J.S.A. 2A: 16-49,1. Carné de identidad. en 242-43, 52 A.3d 192. El panel estuvo de acuerdo con el tribunal de primera instancia en que Citi no había recibido la notificación real requerida de la petición de quiebra o la liquidación de quiebra obtenida por los demandantes. Carné de identidad. en 245-46, 52 A.3d 192. Sostuvo que N.J.S.A. 2A: 16-49.1 se redactó bajo el supuesto de que cualquier acreedor sujeto a sus términos había recibido notificación del procedimiento de quiebra. Ibídem. El panel dictaminó que el recurso de la corte de primera instancia de pago equitativo del período de espera de un año prescrito por N.J.S.A. 2A: 16-49.1 era apropiado. Carné de identidad. en 245, 52 A.3d 192. Otorgamos la certificación. 217 Nueva Jersey 52, 84 A.3d 601 (2014).


Afirmamos, sustancialmente por las razones expuestas por la División de Apelaciones. Agregamos solo breves comentarios con respecto a la decisión de la Corte de Apelaciones del Tercer Circuito de los Estados Unidos en Judd v. Wolfe, 78 F.3d 110 (3d Cir.1996), en la que los demandantes se basan sustancialmente en su argumento ante esta Corte. . Por las razones que siguen, consideramos que Judd aborda una cuestión de procedimiento de la ley federal de quiebras que es distinta de la cuestión planteada por esta apelación y, en consecuencia, encontramos que no respalda el argumento de los demandantes.

En Judd, el Tercer Circuito no consideró la cuestión planteada por este caso: el efecto de la falta de notificación por parte de un deudor a un acreedor de una petición de bancarrota del Capítulo 7 sobre el derecho del deudor a cancelar un gravamen por sentencia según la ley estatal. En cambio, el tribunal consideró los requisitos procesales impuestos por la ley federal de quiebras, luego del cierre del caso de quiebra, a un deudor que no ha incluido un reclamo en la lista de acreedores presentada en un caso sin activos del Capítulo 7 en el que no hay impedimentos. se ha fijado la fecha. Carné de identidad. en 111. El Tercer Circuito sostuvo que dicho deudor no está obligado a presentar una moción para reabrir el caso de quiebra, de conformidad con 11 U.S.C.A. § 350 (b), con el fin de descargar la deuda que se había omitido en el anexo, a menos que se aplicaran una o más 744 de las excepciones estatutarias para la condonación. Ibíd. [1]

En apoyo de su celebración, el Tercer Circuito señaló el texto del 11 U.S.C.A. § 727 (b), que establece que "[e] xcepto según lo dispuesto en la sección 523 de este título, una liberación ... libera al deudor de todas las deudas que surgieron antes de la fecha de la orden de reparación conforme a este capítulo". 11 U.S.C.A. § 727 (b); Judd, supra, 78 F.3d en 113-14. El tribunal explicó que 11 U.S.C.A. § 523 establece que la única situación en la que una deuda no se salda es si fue "[n] listada ni programada ... a tiempo para permitir ... la presentación oportuna de una prueba de reclamación '". Judd, supra , 78 F.3d en 114 (citando 11 USCA § 523 (a) (3) (A)). El Tercer Circuito señaló además que "[b] eado que [el caso que tiene ante sí] es un caso del Capítulo 7 'sin activos', el tiempo para presentar una reclamación no ha expirado, y nunca expirará, a menos que se descubran algunos activos exentos; , la sección 523 (a) (3) (A) no se puede aplicar "para evitar la condonación de una deuda no cotizada en un caso sin activos. Ibídem. El tribunal sostuvo que dicha deuda no programada se liquida incluso si esa liquidación puede perjudicar o perjudicar al acreedor no cotizado. Ver id. en 113 n. 6, 115, 116 n. 13. "En un caso en el que no haya bienes para distribuir", el "derecho del acreedor a presentar una prueba de reclamación es vacío", porque "[un] acreedor omitido que no habría recibido nada incluso si hubiera sido originalmente programada, [no se] ... perjudica por la omisión de los horarios de la quiebra y la falta de notificación para presentar una prueba de reclamación ". Carné de identidad. en 115. En consecuencia, razonó el Tercer Circuito, la falta de notificación al acreedor en el proceso de quiebra no podía afectar la posición de ese acreedor, porque en ningún caso existían bienes. Ibídem.


El Tercer Circuito reconoció, sin embargo, que en un caso de quiebra que involucra activos, la deuda de un acreedor desapercibido no se libera a menos que ese acreedor reciba una notificación a tiempo para presentar una prueba de reclamo. Ver id. en 114-15. Además, cualquier deuda de agravio intencional no se libera a menos que el acreedor reciba una notificación a tiempo para presentar una queja de conformidad con 11 U.S.C.A. § 523 (c). Ver id. en 114 n. 9.

Las circunstancias de este caso contrastan con la situación sin activos de Judd, en la que la acción tomada por el acreedor en el procedimiento de quiebra habría sido inútil incluso si hubiera recibido una notificación oportuna de la petición de quiebra y la posterior liquidación. Como lo señalaron el tribunal de primera instancia y la División de Apelaciones, si Citi hubiera recibido notificación de la solicitud de quiebra y la exoneración en este caso, habría estado en condiciones de hacer cumplir su gravamen durante el año siguiente a la liquidación de la quiebra, según lo permitido por N.J.S.A. 2A: 16-49,1. Gaskill, supra, 428 N.J Super. en 243-44, 52 A.3d 192. La notificación que se omitió en este caso no habría carecido de sentido, como lo fue en la fecha de establecimiento de Judd sin activos ni restricciones. En cambio, la notificación oportuna habría permitido al acreedor tomar medidas dentro del límite de tiempo de N.J.S.A. 2A: 16-49.1 para proteger su interés en la propiedad inmueble en cuestión.

En consecuencia, la participación del Tercer Circuito en Judd no aborda el argumento del debido proceso que fue planteado por el deudor en este caso: si la notificación a un acreedor de un procedimiento de quiebra y descarga del Capítulo 7 745 constituye un prerrequisito para la cancelación y descarga de una sentencia. bajo NJSA 2A: 16-49,1. Coincidimos con la conclusión de la División de Apelaciones de que dicha notificación es necesaria antes de que un deudor pueda invocar la protección de N.J.S.A. 2A: 16-49.1, y que el peaje equitativo era un remedio apropiado en las circunstancias de este caso.

Se confirma la sentencia de la División de Apelaciones.

Para afirmación — Presidente del Tribunal Supremo RABNER y Jueces LaVECCHIA, PATTERSON, FERNANDEZ-VINA y Juez FUENTES (asignado temporalmente) —5.

No participar — Justicia ALBIN y SOLOMON — 2.

Opuesto — Ninguno.

[1] Subsecciones (a) (2), (a) (4) y (a) (6) de 11 U.S.C.A. § 523 exenta de liquidación "deudas incurridas por falsos pretextos, representación falsa o fraude real ... (523 (a) (2)); deudas incurridas por fraude o defalcación mientras actuaba como fiduciario ... (523 (a) ( 4)); y deudas por daño intencional y malicioso ... (523 (a) (6)) ". Carné de identidad. en 114 (se omiten las comillas internas). El Tercer Circuito explicó que "[i] i la deuda en cuestión no es una deuda descrita en la sección 523 (a) (2), (4) o (6), la deuda ha sido cancelada en virtud de la sección 727 (b) sin embargo, si la deuda es una deuda incluida en las secciones 523 (a) (2), (4) o (6), la deuda no se liquidará en virtud de la sección 523 (a) (3) (B) ". Carné de identidad. en 115.


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