259 Union St. Hackensack NJ 07601 201-646-3333
jueves, 5 de noviembre de 2020
QUIEN SE DECLARA EN QUIEBRA - ABOGADO DE BANCARROTA EN NUEVA JERSEY (201) 646-3333
jueves, 29 de octubre de 2020
ERRORES DE QUIEBRA - ABOGADO DE BANCARROTA DE NUEVA JERSEY (201) 646-3333
ERRORES DE QUIEBRA
No cometas estos errores. Pueden hacer que su caso se demore e incluso hacer que el juez niegue su alta.
1. No pague préstamos a familiares o socios comerciales antes de declararse en quiebra.
2. No transfiera propiedades fuera de su nombre.
3. No agote sus 401k para tratar de "ponerse al día" con sus deudas.
4. No espere para declararse en quiebra hasta después de una ejecución hipotecaria o recuperación.
5. Por otro lado, no se precipite a la bancarrota cuando sea mejor esperar.
6. No use tarjetas de crédito ni tome adelantos en efectivo justo antes de presentar la solicitud.
7. No ignore las demandas pendientes.
8. No guarde una gran cantidad de dinero en su cuenta bancaria el día que se declara en quiebra.
9. No deje de asistir a su (s) audiencia (s).
10. No retenga información de su abogado.
martes, 27 de octubre de 2020
LICENCIADO DE QUIEBRA EN BERGEN COUNTY NJ - (201) 646-3333
REPOSESION
ABOGADO DE BANCARROTA EN HACKENSACK
NUEVA JERSEY (201) 646-3333
Cualquiera que se haya atrasado en los pagos de su automóvil u otros préstamos para pertenencias personales o herramientas de trabajo eventualmente enfrenta la amenaza de recuperación. Si no realiza demasiados pagos, el concesionario o el banco pueden incautar repentinamente su camión o automóvil desde su casa o su trabajo. Si tiene tantas deudas que simplemente no puede cumplir con los pagos mínimos o ha comenzado a usar una tarjeta de crédito para pagar otra, necesita ayuda. Hay soluciones para problemas financieros tan graves. Una solución a considerar es la quiebra. Para obtener más información y saber cómo la bancarrota podría proteger su automóvil u otras posesiones de la recuperación, debe hablar con un representante del norte de Nueva Jersey.
Abogado de quiebras de Bergen, Hudson y el condado de Passaic como Rafael Gomez.
viernes, 23 de octubre de 2020
JUICIO HIPOTECARIO - ABOGADO DE BANCARROTA EN NUEVA JERSEY (201) 646-3333
JUICIO HIPOTECARIO
(201) 646-3333
ABOGADO DE BANCARROTA DEL CONDADO DE BERGEN
Hoy en día, muchos propietarios de viviendas de Nueva Jersey que viven en Bergen, Hudson o el condado de Passaic se enfrentan a la crisis de perder sus hogares. Más personas se preguntan cómo afectará la ejecución hipotecaria a su crédito. La respuesta a esa pregunta es: afectará su crédito muy negativamente junto con una serie de otras ramificaciones financieras. Si el proceso de ejecución hipotecaria comienza en su hogar, no podrá solicitar ningún tipo de préstamo por dos años completos. Esto incluye cualquier tipo de financiación, por pequeña que sea.
Si necesitas a un abogado ven a Rafael Gómez, este abogado no solamente es bueno,
ha sido mi amigo desde 1935, de hecho me acaba de sacar un problema, salimos positivos, si necesitas un abogado ven a ver Rafael Gómez. Te lo recomiendo.
Muchas personas en el norte de Nueva Jersey creen erróneamente que todas las deudas hipotecarias se extinguen una vez que un prestamista ejecuta la hipoteca de la propiedad. De hecho, dado el deprimido mercado inmobiliario, la mayoría de los prestamistas a menudo deben vender la propiedad ejecutada por menos del monto de la hipoteca o menos del valor de mercado. Esto deja al prestamista con un remedio: presentar una demanda contra el deudor por la "deficiencia". La deficiencia es la cantidad que el deudor todavía le debe al banco porque la venta de la casa no cubrió la hipoteca de la casa. Esta deuda permanece y no desaparece, como muchas personas creen erróneamente. Afortunadamente, aquellos deudores de Nueva Jersey que se han alejado de una propiedad a propósito o que han sido embargados porque no pudieron modificar su hipoteca pueden declararse en bancarrota para cancelar la deuda que el banco continuará buscando. En la mayoría de estos casos, la mejor opción es declararse en bancarrota según el Capítulo 7, ya que ya no hay capital sobre el que preocuparse.
Me llamo Marcelo y estoy recomendando al doctor Rafael, que se pueda abogado me ha salvado de de los tickets que tenía para mucho dinero, me salvó dos por tres y cada día estoy agradecido con él, espero los que necesiten le llamé por el doctor que les va a ayudar de lo que quieran que está dispuesto a ayudarnos. No tengan problemas. Gracias.
Muchas personas en el norte de Nueva Jersey creen erróneamente que todas las deudas hipotecarias se extinguen una vez que un prestamista ejecuta la hipoteca de la propiedad. De hecho, dado el deprimido mercado inmobiliario, la mayoría de los prestamistas a menudo deben vender la propiedad ejecutada por menos del monto de la hipoteca o menos del valor de mercado. Esto deja al prestamista con un remedio: presentar una demanda contra el deudor por la "deficiencia". La deficiencia es la cantidad que el deudor todavía le debe al banco porque la venta de la casa no cubrió la hipoteca de la casa. Esta deuda permanece y no desaparece, como muchas personas creen erróneamente. Afortunadamente, aquellos deudores de Nueva Jersey que se han alejado de una propiedad a propósito o que han sido embargados porque no pudieron modificar su hipoteca pueden declararse en bancarrota para cancelar la deuda que el banco continuará buscando. En la mayoría de estos casos, la mejor opción es declararse en bancarrota según el Capítulo 7, ya que ya no hay capital sobre el que preocuparse.
lunes, 19 de octubre de 2020
ABOGADO DE BANCARROTA DEL CONDADO DE BERGEN NUEVA JERSEY - (201) 646-3333
ABOGADO DE BANCARROTA DEL CONDADO DE BERGEN NUEVA JERSEY
¿Está considerando declararse en quiebra?
¿Por qué contratar a un abogado de quiebras?
miércoles, 14 de octubre de 2020
SEÑALES DE ADVERTENCIA DE BANCARROTA - ABOGADO DE BANCARROTA EM HACKENSACK (201) 646-3333
SEÑALES DE ADVERTENCIA DE BANCARROTA
ABOGADO DE BANCARROTA EN NUEVA JERSEY
(201) 646-3333
Si varios de los siguientes se aplican a su situación, podría considerar discutir la bancarrota con el abogado de bancarrotas de Nueva Jersey, Rafael Gomez:
- Su salario o su cuenta bancaria han sido embargados
- la mayoría de sus deudas son deudas no garantizadas, como facturas de tarjetas de crédito, facturas de hospitales o médicos, etc.
- su deuda total, sin incluir el préstamo de su automóvil o casa, es más de lo que podría pagar, incluso durante cinco años o más
- Las agencias de cobro lo están llamando a su casa y / o al trabajo
- hay juicios pendientes en tu contra
- tiene facturas médicas elevadas que no cubre el seguro
- debe impuestos sobre la renta que actualmente no puede pagar
- tienes pocos activos
- tiene poco o ningún ahorro
- ha tenido una propiedad embargada (como un vehículo)
- su prestamista hipotecario ha amenazado o iniciado un proceso de ejecución hipotecaria contra su casa
Las personas a quienes se les ha embargado el salario pueden beneficiarse especialmente de una quiebra porque la quiebra detendrá el embargo y podría potencialmente ayudarlo a recuperar parte del dinero embargado.
jueves, 8 de octubre de 2020
ARTÍCULO CAPÍTULO 7 - ABOGADO DE BANCARROTA EN HACKENSACK NJ 07601 - (201) 646-3333
EVE C. PASTERNAK y STEVEN PASTERNAK, Demandantes-Apelantes,
v.
PNC BANK, N.A., PNC BANK, Demandado-Demandado y
MATTELMAN, WEINROTH & MILLER, PC; GEORGE J WEINROTH; JOHN C. MILLER, III; MARTIN WEINBERG, Demandados.
No. A-0507-13T1.
Tribunal Superior de Nueva Jersey, División de Apelaciones.
Argumentó el 10 de febrero de 2016.
Decidido el 4 de marzo de 2016.
Steven Pasternak, apelante, argumentó la causa pro se.
Eve C. Pasternak, apelante pro se, se sumó al escrito del apelante pro se.
Roberto A. Rivera-Soto argumentó la causa del demandado (Ballard Spahr, LLP, abogados; Sr. Rivera-Soto, de abogado y en el escrito).
Ante los jueces Ostrer y Haas.
NO PARA PUBLICACIÓN SIN LA APROBACIÓN DE LA DIVISIÓN DE APELADOS
POR CURIAM.
Los demandantes Steven y Eve Pasternak apelan de la orden de la División de Derecho del 12 de agosto de 2013 que otorga la moción del demandado de PNC Bank, N.A. (PNC) para un juicio sumario y desestima la queja del demandante. Afirmamos.
Derivamos los siguientes hechos y antecedentes procesales del expediente de moción. Los demandantes anteriormente tenían el título de una residencia en Livingston, Nueva Jersey. La propiedad estaba sujeta a dos hipotecas mantenidas por United Trust Bank (United). Los demandantes incumplieron con las hipotecas y United inició los procedimientos de ejecución hipotecaria. El 15 de junio de 2005, la División de Cancillería dictó un fallo final de ejecución hipotecaria de $ 222,366.58 contra los demandantes.
Más tarde, PNC adquirió las hipotecas, pero no se movió para enmendar la sentencia ni buscar costos posteriores a la sentencia. Los demandantes continuaron viviendo en la casa. PNC pagó los impuestos y otros costos de mantenimiento de la propiedad. PNC envió avisos mensuales de pago atrasado a los demandantes desde el momento en que adquirió las hipotecas, pero los demandantes no pagaron la sentencia. Después de que PNC programó la venta del alguacil, el demandante Steven Pasternak presentó una petición de bancarrota del Capítulo 13 sin éxito. La venta del alguacil se pospuso a partir de entonces nueve veces más.
El 29 de febrero de 2008, PNC les dio a los demandantes una cifra de pago incorrecta de $ 284,194.81 para cumplir con la sentencia. Las partes pronto se dieron cuenta de que esta cantidad era más alta que la cifra real de pago. En el curso de buscar otro aplazamiento de la venta del alguacil, esta vez con base en el recibo de la cifra de pago incorrecta, los demandantes informaron a la División de Cancillería que habían recibido un compromiso de refinanciamiento de $ 495,000 de un banco y deseaban pagar el fallo y retener la propiedad. . Sin embargo, dijeron al juzgado que habían dejado en casa la documentación firmada que acreditaba este compromiso. El tribunal aplazó el procedimiento para que los demandantes pudieran irse a casa durante la hora del almuerzo, recuperar la documentación y llevarla de regreso al tribunal. Los demandantes abandonaron el tribunal y nunca regresaron. El tribunal denegó la solicitud de aplazamiento de los demandantes y la venta del alguacil se llevó a cabo el 11 de marzo de 2008.
Los demandantes luego presentaron una petición voluntaria de bancarrota del Capítulo 7, enumerando el reclamo garantizado de PNC en $ 286,000. El 14 de abril de 2008, el tribunal de quiebras desestimó el reclamo de los demandantes con prejuicio "como una presentación de mala fe".
Los demandantes se negaron a desalojar la propiedad. Se emitió un auto de posesión pero, dos días antes de que se ejecutara el auto, los demandantes presentaron una demanda en el tribunal de distrito federal, buscando prohibir su desalojo porque la PNC les había proporcionado anteriormente una cifra de pago incorrecta. El 13 de noviembre de 2008, el tribunal de distrito denegó la moción de los demandantes para suspender el desalojo y, el 19 de febrero de 2009, el tribunal desestimó la denuncia de los demandantes.
El 9 de marzo de 2010, los demandantes presentaron una denuncia de seis cargos contra la PNC y otros acusados [1] en la División de Derecho. Alegando que PNC les proporcionó una cifra de pago incorrecta en un intento de tomar su residencia indebidamente, los demandantes buscaron $ 1.5 millones en daños contra PNC por tergiversación intencional o fraude (cargo uno); violaciones de la Ley de Fraude al Consumidor de Nueva Jersey, N.J.S.A. 56: 8-1 a -200 (cuenta dos); violaciones de la Ley de Prácticas Justas de Cobro de Deudas, 15 U.S.C.A. §§ 1692 a -1692p (cuenta tres); incumplimiento del deber de buena fe y trato justo (cuarto cargo); negligencia (cuenta cinco); y usura (cuenta seis).
La PNC llevó el caso al tribunal de distrito federal, que desestimó el tercer cargo y devolvió el asunto a la División de Derecho. El 23 de abril de 2012, la jueza Carolyn E. Wright inició un juicio en el tribunal sobre las reclamaciones restantes de los demandantes. Después de tres días de testimonio, las partes acordaron presentar mociones de juicio sumario al tribunal para su consideración. El 12 de agosto de 2013, el juez Wright concedió la moción de la PNC para un juicio sumario y desestimó la denuncia de los demandantes con prejuicio.
En una minuciosa opinión escrita de quince páginas, la jueza Wright explicó completamente las razones que subyacen a su decisión. Después de revisar minuciosamente los argumentos de las partes, el juez concluyó que los reclamos de los demandantes sobre la cifra de pago incorrecta estaban excluidos por el privilegio de litigio de derecho consuetudinario, que prohíbe reclamos basados en "cualquier comunicación (1) realizada en procedimientos judiciales o cuasi judiciales; (2) por litigantes u otros participantes autorizados por la ley; (3) para lograr los objetivos del litigio; y (4) que tengan alguna conexión o relación lógica con la acción '". Hawkins v. Harris, 141 NJ 207, 216 (1995) (citando a Silberg v. Anderson, 50 Cal. 3d 205, 212 (1990)). El juez determinó que estos cuatro factores se cumplieron en este caso y que "[una] amplia jurisprudencia demuestra que regularmente se han desestimado reclamaciones idénticas basadas en supuestas cifras de pagos indebidos". [2]
El juez Wright también determinó que las reclamaciones de los demandantes con respecto a la cifra de pago incorrecta estaban prohibidas por cosa juzgada. El juez señaló que el argumento de los demandantes de que la PNC falsificó deliberadamente la cifra de pago había sido rechazado por: (1) la División de Cancillería cuando permitió que procediera la venta del alguacil en marzo de 2008; (2) el tribunal de quiebras cuando desestimó la petición del Capítulo 7 de los demandantes en abril de 2008; y (3) el tribunal federal de distrito cuando denegó la moción de los demandantes para prohibir su desalojo en noviembre de 2008. Así, el juez determinó que "[l] os elementos de la cosa juzgada se cumplieron y los reclamos de los demandantes están excluidos. "
Finalmente, el juez determinó que los demandantes no "establecieron fraude contra la PNC porque la discrepancia [en la cifra de pago] era inmaterial [y] no hay pruebas de que confiaran razonablemente en ella". Los demandantes manifestaron ante la División de Cancillería que tenían acceso a $ 495,000 para pagar la sentencia, que excedía la cifra de liquidación que proporcionó la PNC. Por lo tanto, los demandantes no pudieron demostrar que sufrieron daños como resultado del error de PNC. Este llamamiento siguió.
En la apelación, los demandantes plantean los siguientes argumentos:
PUNTO I
LA RESOLUCIÓN DEL JUEZ WRIGHT DE QUE PNC BANK PUEDE FABRICAR, DOBLAR FACTURACIÓN Y SOBRESALTAR LA CANTIDAD DEBIDA PARA SALDAR UNA DEUDA ANTES DE UNA VENTA DEL ALGUACIL ES CONTRARIA A RES JUDICATA, ESTOPPEL COLATERAL, LEY DEL CASO Y LEY DE NEW JERSEY.
The R [ule] 4: 46-1 Estándar de juicio sumario [.]
PNC violado. . . Regla 4: 42-11 [.]
PNC Violado N.J.S.A. 31: 1-3 [.]
PNC violó la ley de ejecución hipotecaria justa de Nueva Jersey [.]
Ley de Fraude al Consumidor de Nueva Jersey, N.J.S.A. 56: 8-1 [hasta -200.]
El juicio sumario es apropiado sobre la cantidad de daños [.]
PUNTO II
LA ERRÓNEA DECISIÓN DEL JUEZ WRIGHT ES CONTRARIA A RES JUDICATA, ESTOPPEL COLATERAL, LA LEY DEL CASO [,] Y LA LEY DE NUEVA JERSEY.
PUNTO III
LA ERRÓNEA DECISIÓN DEL JUEZ WRIGHT NO SÓLO LEGALIZA EL FRAUDE, PERO PODRÍA IMPONER UN DEBER FIDUCIARIO AL BANCO Y SUS ABOGADOS PARA DEFRAUDAR A LOS TRIBUNALES YA LOS RESIDENTES DE NUEVA JERSEY.
Nuestra revisión de un fallo sobre juicio sumario es de novo, aplicando el mismo estándar legal que el tribunal de primera instancia. Townsend contra Pierre, 221 N.J. 36, 59 (2015). "Se debe otorgar un juicio sumario si 'los alegatos, declaraciones, respuestas a interrogatorios y admisiones en el archivo, junto con las declaraciones juradas, si las hubiera, demuestran ... que no existe un problema genuino en cuanto a ningún hecho material impugnado y que la parte que mueve es derecho a un juicio ... como una cuestión de derecho '". Town of Kearny v. Brandt, 214 NJ 76, 91 (2013) (citando R. 4: 46-2 (c)).
Así, consideramos, como lo hizo el juez de primera instancia, si "los materiales probatorios competentes presentados, cuando se los ve desde la perspectiva más favorable para la parte que no se mueve, son suficientes para permitir que un investigador racional resuelva la supuesta cuestión controvertida a favor del fiesta inmóvil ". Ibídem. (citando Brill contra Guardian Life Ins. Co., 142 N.J. 520, 540 (1995)). Si no existe una cuestión genuina de hecho material, entonces debemos "decidir si el tribunal de primera instancia interpretó correctamente la ley". Massachi contra AHL Servs., Inc., 396 N.J. Super. 486, 494 (App. Div. 2007), certif. negado, 195 N.J.419 (2008). No concedemos ninguna deferencia a las conclusiones del juez de primera instancia sobre cuestiones de derecho y revisamos cuestiones de derecho de novo. Nicholas contra Mynster, 213 N.J.463, 478 (2013).
Hemos considerado los argumentos de los demandantes a la luz del expediente y los principios legales aplicables y concluimos que carecen de mérito suficiente para justificar su discusión en una opinión escrita. R. 2: 11-3 (e) (1) (E). Estamos satisfechos de que la jueza Wright haya otorgado correctamente un juicio sumario a la PNC y afirmamos sustancialmente por las razones expresadas en su opinión escrita reflexiva y completa del 12 de agosto de 2013.